lunes, 30 de agosto de 2021

-Esquema Familiar del parentesco por grados- - Se abren las fronteras uruguayas a propietarios tambien de "Segundo Grado".-


Nuestra organización social tiene su fuente originaria en la familia.Una familia se constituye en su célula primaria para aquellos que por herencia genética proceden unos de otros y luego la ley consagra esa ascendencia o descendencia.(La definicion que ofrecemos es muy elemental pues la Vida trae sucesos que complican la plena acepción, pero, en principio...)

La participación genética en la creación de un nuevo ser desde un hombre y una mujer genera un vínculo "Consanguíneo" de parentesco. Son parientes,pues..Pero los padres del nacido no son consanguíneos entre sí, sino que su relación de parentesco es por Afinidad.
A partir de un "YO" ( de un ser cualesquiera ) la cercanía parental más próxima es el hijo y, por eso, se lo clasifica a éste como pariente de "Primer Grado" con respecto a su padre.Pero un "hermano" del aquel "yo" o "ser" original, ya es de "Segundo Grado" entre ambos .De "Primer Grado" son los hijos; pero los hermanos -que son hijos de un mismo padre- son entre sí parientes de "Segundo Grado". Nietos o sobrinos son de "Tercer Grado" pues la consanguinidad se "va alejando", aún siéndola en permanencia. Los primos , en tanto, son de "Cuarto Grado".
Todo lo precedente, entonces, es el parentesco por Consanguineidad.El ADN lo comprueba.
Pero la familia supone, para constituirse, la relaciòn sentimental o sexual (valen ambas) entre dos sangres diversas ( en casos no,sean legales algunos como el casamiento entre "primos", y prohibidos por Ley, en otro, tal el denominado incesto.). Los participantes de esa familia de sangres de distintas procedencias son los denominados suegra, yerno, nuera,etc....Son afines, pero no consanguíneos. Pero son de la familia por "afinidad".
Todo este esquema- que insisto tiene sus complejidades y a veces no hay ajustes estrictos a lo mencionado- sirve para organizar la Sociedad. Por ejemplo en cuestiones de herencias hay precedencias entre esos cuatro grados familiares , sean lo de "consanguineidad" o los de "afinidad".
También hoy la prensa informa que el Gobierno uruguayo abre sus fronteras en tiempo de pandemia declinante para extranjeros con propiedades en nuestro país, validando el derecho de un titular de cabeza familiar hasta el "segundo grado".

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